§ 3006. Adelanto en pago de gastos

PR Laws tit. 10, § 3006 (2018) (N/A)
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Si la funeraria opta por pedirle al solicitante (contratante) de los servicios un adelanto y las aportaciones cubren la totalidad de los gastos de los servicios contratados, estará obligada a devolver el adelanto y cualquier monto pagado en exceso al costo acordado y contratado.