§ 1714. Gastos de entrega en ventas mercantiles

PR Laws tit. 10, § 1714 (2018) (N/A)
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Los gastos de la entrega de los géneros en las ventas mercantiles serán de cargo del vendedor hasta ponerlos, pesados o medidos, a disposición del comprador, a no mediar pacto expreso en contrario.

Los de su recibo y extracción fuera del lugar de la entrega, serán de cuenta del comprador.