§ 691z. Libros y registros

PR Laws tit. 10, § 691z (2018) (N/A)
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Cada compañía inscrita de inversión, y cada uno de sus suscriptores, corredores, o asesores de inversiones, deberá mantener los récords que el Comisionado establezca sean necesarios mediante reglamento, a la luz del interés público y la protección de los inversionistas. Todos estos récords deberán estar disponibles en todo momento para inspección razonable y periódica por el Comisionado.

La compañía inscrita de inversión deberá publicar todos sus informes radicados ante el Comisionado en una página de Internet que designe, además de su prospecto de inversión, circulares de ofrecimientos de valores mobiliarios, informes anuales y trimestrales, los valores que integran sus fondos al momento de someter sus reportes trimestrales detallando su valor de mercado y el valor neto de sus activos (net asset value), la clasificación crediticia de esos valores cuando esté disponible, el apalancamiento expresado en valor absoluto de cada fondo y su fuente de financiamiento y cualquier otra información que le sea requerida, excepto por aquella información privilegiada por las leyes estatales o federales.