§ 5254. Día de la Concienciación en torno a la Protección del Manatí

PR Laws tit. 1, § 5254 (2018) (N/A)
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(a) Se establece y se dará a conocer el 7 de septiembre de cada año como “Día de la Conservación del Manatí Caribeño en Puerto Rico” para celebrarse por la ciudadanía, escuelas, centros educativos, universidades, organizaciones ambientales, organizaciones con base comunitaria y las agencias de gobierno pertinentes a los fines de educar, promover y alentar la protección y conservación de esta especie en peligro de extinción.

(b) El Gobernador de Puerto Rico, mediante proclama, exhortará al pueblo de Puerto Rico a conmemorar el día 7 de septiembre de cada año como el “Día de la Conservación del Manatí Caribeño en Puerto Rico”.

(c) El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales adoptará, junto a las agencias estatales pertinentes y a organizaciones educativas y sin fines de lucro, en particular el Centro de Conservación de Manatíes (Red Caribeña de Varamientos/Universidad Interamericana de Puerto Rico), las medidas necesarias para dar cumplimiento a los propósitos de esta sección, mediante la organización y celebración de actividades para educar a la ciudadanía sobre cómo proteger y conservar a esta especie en peligro de extinción.

(d) Se designa al manatí caribeño (Trichechus manatus) como el mamífero oficial de Puerto Rico, estableciendo así como política pública del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico la prioridad de velar asertivamente y celosamente por su protección y propiciar, alentar y apoyar aquellas medidas que aseguren su conservación alrededor del archipiélago de Puerto Rico.